TESTIMONIO: VISTO: La obra realizada en la Avenida San Martín, identificada como Colectoras, desde calle 107 a 115, y CONSIDERANDO: Que dicho pavimento no está preparado para resistir el peso de los camiones con acoplado cargado. Que circular con exceso de peso provocaría la rotura del mismo en corto tiempo, acarreando un perjuicio a la comunidad en general y a los vecinos de ese sector en particular. Que se deben preservar las obras ejecutadas, atento al costo de las mismas. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 88/99 ------------------------------ ARTICULO 1.- Prohíbese el tránsito y estacionamiento de camiones o ------------ maquinarias con acoplados cargados en las calles colectoras de Avenida San Martín, desde 107 hasta 115.---------------- ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.---------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria, a los once días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y nueve. FIRMADO: Ingeniero Carlos A. Erreguerena - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.--------------------------